Un amigo me comenta:
Aunque yo no pertenezco a la plantilla de ADIF y por lo tanto no
puedo votar, desde mi experiencia como trabajador por cuenta ajena casi
34 años, mi recomendación es que votes a quien creas que mejor se
identifica ó más se aproxima con tus ideas e intereses como trabajador
de ADIF.
La abstención no es recomendable pues es como rendirse antes de intentar luchar por tus ideas/intereses y el voto "anti lo que sea" me parece igual de inútil.
La abstención no es recomendable pues es como rendirse antes de intentar luchar por tus ideas/intereses y el voto "anti lo que sea" me parece igual de inútil.
Buena elección y que sea para bien!
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15.03.01 ¿Qué opináis?
¿Sindicatos y Doctrina Social Iglesia reflejada en
encíclica Juan Pablo II LABOREM EXERCENS?
Esto viene a cuento de que el Martes 03.03.15 hay elecciones sindicales en mi empresa ferroviaria, y concurren/compiten:
* UGT y CCOO
(¿sindicatos de clase y del sistema, desprestigiados por tema de tarjeta opaca en Sector Bancario, favorables a la reforma?)
* CGT
(¿sindicato de clase anti-sistema, favorable a la ruptura?)
* SFC
(¿sindicato de grupo asociado a circulación, favorable a la reforma?)
* SF
(¿sindicato de grupo asociado a oficinas, favorable a la reforma?)
* CPP-ANPF
(¿sindicato de grupo asociado a técnicos, favorable a la reforma?)
Pero dado que existe este proceso democrático sindical:
Mi duda es la siguiente:
¿A quién debería entregar mi voto útil o inútil?
Teniendo en cuenta el pasado ferroviario:
Me temo que la tendencia será apostar por continuidad a CCOO/UGT
No obstante lo anterior:
*
es recomendable posicionarse al lado contrario de donde se posiciona la
mayoría para evitar un vuelco fatal (peligroso en la navegación
marítima) y re-establecer un cierto "equilibrio" razonable
(por eso puede se conveniente votar a los sindicatos más débiles:
SF y CPP-ANPF)
* estamos en Marzo, el mes de Marte, el de la lucha, el de los errores
(mes de Marzo, cuando los soldados se marchan para la guerra)
* lo ideal: Sindicato denominado JSU
JUSTICIA SOCIAL Y UNIÓN
(lo que quiere el centro izquierda y lo que quiere el centro derecha)
CARTA ENCÍCLICA LABOREM EXERCENS DEL
SUMO PONTÍFICE JUAN PABLO II
A TODOS LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD
A TODOS LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD
SOBRE EL TRABAJO HUMANO
EN EL 90 ANIVERSARIO DE LA RERUM NOVARUM
20. Importancia de los sindicatos
Sobre la base de todos estos derechos, junto con la necesidad de asegurarlos por parte de los mismos trabajadores, brota aún otro derecho, es decir, el derecho a asociarse; esto es, a formar asociaciones o uniones que tengan como finalidad la defensa de los intereses vitales de los hombres empleados en las diversas profesiones. Estas uniones llevan el nombre de sindicatos. Los intereses vitales de los hombres del trabajo son hasta un cierto punto comunes a todos; pero al mismo tiempo, todo tipo de trabajo, toda profesión posee un carácter específico que en estas organizaciones debería encontrar su propio reflejo particular.
Los sindicatos tienen su origen, de algún modo, en las corporaciones artesanas medievales, en cuanto que estas organizaciones unían entre sí a hombres pertenecientes a la misma profesión y por consiguiente en base al trabajo que realizaban. Pero al mismo tiempo, los sindicatos se diferencian de las corporaciones en este punto esencial: los sindicatos modernos han crecido sobre la base de la lucha de los trabajadores, del mundo del trabajo y ante todo de los trabajadores industriales para la tutela de sus justos derechos frente a los empresarios y a los propietarios de los medios de producción.
La defensa de los intereses existenciales de los trabajadores en todos los sectores, en que entran en juego sus derechos, constituye el cometido de los sindicatos. La experiencia histórica enseña que las organizaciones de este tipo son un elemento indispensable de la vida social, especialmente en las sociedades modernas industrializadas. Esto evidentemente no significa que solamente los trabajadores de la industria puedan instituir asociaciones de este tipo. Los representantes de cada profesión pueden servirse de ellas para asegurar sus respectivos derechos. Existen pues los sindicatos de los agricultores y de los trabajadores del sector intelectual, existen además las uniones de empresarios. Todos, como ya se ha dicho, se dividen en sucesivos grupos o subgrupos, según las particulares especializaciones profesionales.
La doctrina social católica no considera que los sindicatos constituyan únicamente el reflejo de la estructura de «clase» de la sociedad y que sean el exponente de la lucha de clase que gobierna inevitablemente la vida social.
Sí, son un exponente de la lucha por la justicia social, por los justos derechos de los hombres del trabajo según las distintas profesiones.
Sin embargo, esta «lucha» debe ser vista como una dedicación normal «en favor» del justo bien: en este caso, por el bien que corresponde a las necesidades y a los méritos de los hombres del trabajo asociados por profesiones; pero no es una lucha «contra» los demás. Si en las cuestiones controvertidas asume también un carácter de oposición a los demás, esto sucede en consideración del bien de la justicia social; y no por «la lucha» o por eliminar al adversario.
El trabajo tiene como característica propia que, antes que nada, une a los hombres y en esto consiste su fuerza social: la fuerza de construir una comunidad. En definitiva, en esta comunidad deben unirse de algún modo tanto los que trabajan como los que disponen de los medios de producción o son sus propietarios. A la luz de esta fundamental estructura de todo trabajo —a la luz del hecho de que en definitiva en todo sistema social el «trabajo» y el «capital» son los componentes indispensables del proceso de producción— la unión de los hombres para asegurarse los derechos que les corresponden, nacida de la necesidad del trabajo, sigue siendo un factor constructivo de orden social y de solidaridad, del que no es posible prescindir.
Los justos esfuerzos por asegurar los derechos de los trabajadores, unidos por la misma profesión, deben tener siempre en cuenta las limitaciones que impone la situación económica general del país.
Las exigencias sindicales no pueden transformarse en una especie de «egoísmo» de grupo o de clase,por más que puedan y deban tender también a corregir —con miras al bien común de toda la sociedad— incluso todo lo que es defectuoso en el sistema de propiedad de los medios de producción o en el modo de administrarlos o de disponer de ellos. La vida social y económico-social es ciertamente como un sistema de «vasos comunicantes», y a este sistema debe también adaptarse toda actividad social que tenga como finalidad salvaguardar los derechos de los grupos particulares.
En este sentido la actividad de los sindicatos entra indudablemente en el campo de la «política»,entendida ésta como una prudente solicitud por el bien común. Pero al mismo tiempo, el cometido de los sindicatos no es «hacer política» en el sentido que se da hoy comúnmente a esta expresión. Los sindicatos no tienen carácter de «partidos políticos» que luchan por el poder y no deberían ni siquiera ser sometidos a las decisiones de los partidos políticos o tener vínculos demasiado estrechos con ellos. En efecto, en tal situación ellos pierden fácilmente el contacto con lo que es su cometido específico, que es el de asegurar los justos derechos de los hombres del trabajo en el marco del bien común de la sociedad entera y se convierten en cambio en un instrumento para otras finalidades.
Hablando de la tutela de los justos derechos de los hombres del trabajo, según sus profesiones, es necesario naturalmente tener siempre presente lo que decide acerca del carácter subjetivo del trabajo en toda profesión, pero al mismo tiempo, o antes que nada, lo que condiciona la dignidad propia del sujeto del trabajo. Se abren aquí múltiples posibilidades en la actuación de las organizaciones sindicales y esto incluso en su empeño de carácter instructivo, educativo y de promoción de la autoeducación. Es benemérita la labor de las escuelas, de las llamadas «universidades laborales» o «populares», de los programas y cursos de formación, que han desarrollado y siguen desarrollando precisamente este campo de actividad. Se debe siempre desear que, gracias a la obra de sus sindicatos, el trabajador pueda no solo «tener» más, sino ante todo «ser» más: es decir pueda realizar más plenamente su humanidad en todos los aspectos.
Actuando en favor de los justos derechos de sus miembros, los sindicatos se sirven también del método de la «huelga», es decir, del bloqueo del trabajo, como de una especie de ultimátum dirigido a los órganos competentes y sobre todo a los empresarios. Este es un método reconocido por la doctrina social católica como legítimo en las debidas condiciones y en los justos límites. En relación con esto los trabajadores deberían tener asegurado el derecho a la huelga, sin sufrir sanciones penales personales por participar en ella.
Admitiendo que es un medio legítimo, se debe subrayar al mismo tiempo que la huelga sigue siendo, en cierto sentido, un medio extremo. No se puede abusar de él; no se puede abusar de él especialmente en función de los «juegos políticos».
Por lo demás, no se puede jamás olvidar que cuando se trata de servicios esenciales para la convivencia civil, éstos han de asegurarse en todo caso mediante medidas legales apropiadas, si es necesario. El abuso de la huelga puede conducir a la paralización de toda la vida socio-económica, y esto es contrario a las exigencias del bien común de la sociedad, que corresponde también a la naturaleza bien entendida del trabajo mismo.