LEGISLACIÓN
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1982-9983
Artículo treinta y ocho.
Uno. Las Empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de cincuenta vendrán obligadas a emplear un número de trabajadores minusválidos no inferior al dos por ciento de la plantilla.
INTERESANTE ARTÍCULO DE FRANCESC SALDAÑA SOBRE LA LISMI
http://www.ejecutivos.es/noticia/20412/An%C3%A1lisis-y-Opini%C3%B3n/%E2%80%9Cno-cumplo-lismi-pienso-cumplirla-paso-todas-inspecciones%E2%80%9D.html
La LISMI establece una cuota de reserva del 2% de la plantilla para personas con discapacidad, para aquellas organizaciones con más de 50 personas en plantilla. ...
Personas Discapacitadas (antes mal llamadas minusválidas). ...
Medidas alternativas para el cumplimiento de la cuota de reserva:
- Contratando servicios y/o productos a organizaciones con plantilla mayoritaria de personas con discapacidad (más del 60%).
- Donaciones como última vía de cumplimiento de la cuota de reserva. ...
Si sólo un 13% de las empresas españolas cumple con la LISMI el resto está haciendo competencia desleal, por tanto, es imprescindible reconocer a las organizaciones comprometidas efectivamente con las personas discapacitadas. ...
En www.discert.org se puede solicitar certificado de cumplimiento LISMI.
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