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sábado, 22 de octubre de 2011

ETA-ESTADO ESPAÑOL y Enseñanzas del Catecismo respecto Arrepentimiento Acciones/Omisiones Indignas

Para arrepentirse de acciones/omisiones indignas es necesario:
1. Examen de conciencia.
    Examen de conciencia es recordar todas las acciones/omisiones indignas.

2. Sentimiento de asco y pena.
    Sentimiento de asco y pena por haber ofendido libremente (queriendo, con pleno consentimiento y con plena advertencia, sin descuido y sin arrebato imprevisto /inevitable) a personas inocentes. 
3. Propósito de enmienda.
    Firme resolución de no volver a cometer acciones/omisiones indignas  y disposición a esforzarse a ser más justo.
4. Decir los acciones/omisiones indignas públicamente.
    Exponer la verdad sin callar por temor o vergüenza, confesando la gravedad de la indignidad, con exactitud, humildad y sencillez, manifestando lo cierto como cierto, lo dudoso como dudoso y las circunstancias que aumenten o disminuyan la gravedad de los actos.
5. Cumplir los compromisos/mandamientos impuestos por la autoridad natural/legal/moral/transcendente.
    Sin temor y con respeto, aspirando de corazón y con sinceridad a la reconciliación y al perdón, sin olvido de la indignidad, para restablecer lo que era justo y sigue siendo justo, reparando en lo posible el daño ocasionado por el incumplimiento del "No Matarás", para retornar como "Hijo Pródigo" a la Comunidad.

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