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lunes, 22 de febrero de 2016

16.02.22 Se recuerda el Artículo 5 del “Estatuto de los Trabajadores”


Se recuerda el Artículo 5 - que es igual en año 1980 que en año 2016 - del 
 “Estatuto de los Trabajadores”:






Artículo 5. Deberes laborales.  Los trabajadores tienen como deberes básicos:


a) Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo,
   de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.

b) Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.

c) Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.

d) No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.

e) Contribuir a la mejora de la productividad.

f) Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

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